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F.A.Q.


  1. ¿Qué es una VPO?
  2. ¿Qué tipo de viviendas tienen ayuda a su compra?
  3. ¿Cuándo puedo pedir la ayuda para la compra de vivienda existente?
  4. ¿Tardan mucho en abonar la ayuda?
  5. ¿Para solicitar la ayuda al inquilino debo estar ya residiendo de alquiler?
  6. ¿Si tengo más de 35 años, ya no puedo solicitar ayuda para comprar vivienda?
  7. ¿Qué limitaciones tiene la compra de una vivienda protegida?
  8. ¿Puedo beneficiarme de diferentes ayudas a la vez?
  9. ¿Cómo puedo calcular el precio máximo para escriturar una vivienda de 2ª mano, para poder recibir la ayuda?
  10. ¿Dónde puedo acudir si encuentro desperfectos en mi vivienda nueva?
  11. ¿Qué es eso del presupuesto protegido en materia de rehabilitación?

 


1.- ¿Qué es una VPO?

    Son las siglas de Vivienda de Protección Oficial, la terminología actual es Vivienda de Protección pública

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2.- ¿Qué tipo de viviendas tienen ayuda a su compra?

    Las viviendas de protección oficial reciben ayuda dependiendo de la tipología de que se trate, ya sean nuevas o de 2º mano, también existen ayudas para comprar una vivienda libre (no protegida) de 2º mano. Las únicas viviendas que quedarían excluídas, son las nuevas de renta libre.

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3.- ¿Cuándo puedo pedir la ayuda para la compra de vivienda existente?.

    Esta ayuda se puede solicitar antes o después de la compra de la vivienda. Si se solicita antes, bastará con un contrato privado de compraventa entre las partes ( contrato de arras o señal ), que recoga las claúsulas generales, además del resto de documentos.

    Si se solicita después, hay un plazo máximo de 4 meses desde firma de escritura , para pedir la ayuda.

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4.- ¿Tardan mucho en abonar la ayuda?

    En el momento de la firma del préstamo hipotecario, se ingresa en la cuenta del solicitante la cuantía de ayuda directa a la entrada del Estado. La cuantía de la Comunidad Autónoma, se solicitará con la entrega de la fotocopia compulsada de la escritura del préstamo hipotecario y vivienda.

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5.- ¿Para solicitar la ayuda al inquilino debo estar ya residiendo de alquiler?

    Si, pues será necesario entregar copias compulsadas del contrato de arrendamiento, y además haber pagado la cuantía correspondiente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD).

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6.- ¿Para solicitar la ayuda de Renta Básica de Emancipación debo estar ya residiendo de alquiler?

    No es necesario, se puede solicitar entregando el resto de documentación que se exige, para ser considerado como "Beneficiario Provisional". Se da un plazo de 3 meses desde la presentación de la documentación, para presentar el contrato de arrendamiento y el pago del impuesto de transmisiones.

    La ayuda comenzará a computarse desde que se empezó a residir en alquiler.

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7.- ¿Si tengo más de 35 años, ya no puedo solicitar ayuda para comprar vivienda?

    Por supuesto que sí, lo único que no recibirás la cuantía correspondiente a “joven ” que asciende a 3.000€, sin embargo recibirás el resto de ayuda que te correspondan por nivel de ingresos.

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8.- ¿Qué limitaciones tiene la compra de una vivienda protegida?.

    Logicamente al adquirir una vivienda protegida, existen una serie de limitaciones para evitar la expeculación sobre esa vivienda. El precio de venta, estará limitado al promotor por unos módulos establecidos por la Junta de Extremadura, y también se limitará su venta durante un período de 10 años, estableciendo sin embargo, una serie de motivos tasados por los que se permitiría la venta de la misma, si ésto se produce en los 5 primeros años, habría que devolver la cuantía de ayudas y los intereses generados.

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9.- ¿Puedo beneficiarme de diferentes ayudas a la vez?,

    Sí, existen ayudas que son compatibles entre ellas. Por ejemplo, la ayuda al inquilino, se puede solicitar siempre y cuando se cumplan los requisitos para ello, mientras se esté residiendo en alquiler hasta que se entregue la vivienda que se ha comprado.

    También es posible pedir una ayuda a compra de vivienda existente, y si la vivienda tiene más de 15 años, pedir también la ayuda a rehabilitación de la misma, siempre que se cumplen los requisitos para ello.

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10.- ¿Cómo puedo calcular el precio máximo para escriturar una vivienda de 2ª mano, para poder recibir la ayuda?,

    Muy fácil, simplemente hay que multiplicar el precio del módulo según la zona y la tipología de vivienda de que se trate, atendiendo a los precios facilitados en la información de esta ayuda,, por los m2 útiles de dicha vivienda, y en cuanto al garage y trastero, se computa el 60% contabilizando un máximo de 25m2 en el garage y 8m2 en el trastero, (ésto quiere decir que si tuvieran más m2 útiles, el máximo a computar sería éste).

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11.- ¿Dónde puedo acudir si encuentro desperfectos en mi vivienda nueva?

    Existe un servicio de inspección gratuíta de vivienda, donde a través de la solicitud, la Junta de Extremadura, pone a disposición una serie de técnicos que inspeccionarán nuestra vivienda, y elaborarán el correspondiente informe, para poder tomar las medidas que se consideren.

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12.- ¿Qué es eso del presupuesto protegido en materia de rehabilitación?

    El presupuesto protegido es el coste real de la actuación, abarca el precio total de la ejecución de la obra, los honorarios facultativos y de gestión, y los tributos que hayan de pagarse.

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